Category : General

Home»Archive by Category "General" (Page 7)

NOVEDADES SII AGENCIA TRIBUTARIA (SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION)

A partir del próximo 1 de octubre de 2019 la Agencia Tributaria implantará nuevas restricciones para la validación de las facturas en el SII (Suministro Inmediato de Información).

A partir de ese momento, se realizarán controles mas restrictivos sobre los datos de las facturas, de tal manera que, aquellos registros que no pasen dichos controles, serán rechazados por el sistema.

Los cambios más significativos que suponen estas restricciones son:

  • Validación de los códigos de los DUAS. Se validarán dichos códigos con los correspondientes de Aduana. Será importante evitar errores a la hora de registrar estos códigos en las facturas para evitar rechazos.
  • Validación de los números identificativos de las liquidaciones complementarias de Aduanas.
  • Se restringe el control de los porcentajes y los cálculos en los importes y porcentajes de los impuestos.
  • Se obliga a rellenar determinados campos que hasta ahora podían ir vacíos.

En Valencia a 4 de junio de 2019

ERP AYDAI

Ya está disponible una nueva versión de ERP AYDAI

Ya está disponible una nueva versión de ERP AYDAI

Tenéis a vuestra disposición una nueva versión del ERP AYDAI que contiene numerosas novedades y mejoras.

Podréis encontrar nuevas funcionalidades en todos los apartados del ERP.

Queremos agradeceros vuestras sugerencias que nos ayudan a mejorar el ERP día a día. También recordaros que cualquier mejora que queráis de la aplicación nos lo podéis hacer llegar fácilmente desde la opción “Buzón de sugerencias” que tenéis en el apartado de “Utilidades”.

En Valencia a 13 de mayo de 2019.

ERP AYDAI

CAPTURA DE DATOS EN PLANTA

  • Posted On 6 mayo, 2019
  • Categorized In General
  • Written By

La captura de datos en planta nos permitirá tener un control de la producción en tiempo real. De esta manera, podremos aumentar la eficiencia de la planta y reducir los costes.

A partir de la recogida de datos desde terminales con lectores de códigos de barras, ERP AYDAI dispondrá, en tiempo real, de la información de ordenes de fabricación, tiempos de operarios, tiempos de máquinas, incidencias de la producción, controles de calidad, etc.  De esta manera se podrá monitorizar la planta, obteniendo una visión completa de su funcionamiento al momento.

Uno de los retos más importantes en fabricación es reducir los costes de los procesos. Para esto es imprescindible que seamos capaces de medirlos, ERP AYDAI es capaz de capturar los datos en el momento que se generan y procesarlos para mostrarnos los resultados y facilitarnos la toma de decisiones.

Otra de las grandes ventajas que se obtiene con la captura de datos en planta, es que permite la planificación dinamina de la producción.  En tiempo real veremos la evolución de la fabricación, con lo que se podrá reaccionar inmediatamente ante las incidencias o cambios que se puedan producir.

El operario también podrá disponer de toda la información en su centro de trabajo para la ejecución de la producción, tal como planos, instrucciones de fabricación, tiempos, descripciones, rendimientos, etc.

La captura de datos en planta se convierte en la mejor herramienta para organizar la producción de la manera mas eficiente en una planta moderna.

Podremos identificar los procesos menos eficientes para mejorar la organización de la planta. 

La dirección podrá disponer de la información clave que necesita sobre la eficiencia de los procesos en la planta de producción.

Valencia a 6 de mayo de 2019

Europa avanza hacia la obligatoriedad de la factura electrónica

Italia es el primer país europeo que ha impuesto la obligatoriedad de la factura electrónica entre las empresas privadas. La intención de la unión europea es que el resto de países comunitarios sigan esta estela. España también está trabajando en la implantación generalizada de la factura electrónica entre empresas, administración y consumidores.

En nuestro país, en estos momentos, es obligatoria la emisión de facturas electrónicas en las facturas emitidas a los organismos públicos. Se prevé que, en breve, se generalice a las facturas emitidas entre empresas privadas, e incluso a las emitidas a particulares.

En la mayoría de países europeos ya es obligatorio emitir facturas electrónicas en las contrataciones con la administración. Cada país ha ido estableciendo su propio formato de emisión de factura electrónica. Con el fin de homogenizar este entramado, a partir del próximo 18 de abril, se unificará en el formato estándar europeo de factura electrónica (UBL EN 16931). Con esta medida, la Unión Europea quiere impulsar el formato único, que unifique los distintos sistemas, para simplificar y agilizar la emisión de facturas electrónicas.

Dentro de no mucho tiempo, estos nuevos sistemas estarán en vigor con lo que será conveniente estar preparados para un cambio que afectará a las empresas en un aspecto tan importante como es la facturación.

 ERP AYDAI en Valencia a 4 de febrero de 2019

www.aydai.com

 

DIAS INHÁBILES 2019 A EFECTOS DEL SII (Suministro Inmediato de Información)

  • Posted On 27 diciembre, 2018
  • Categorized In General
  • Written By

El SII (Suministro Inmediato de Información) de la Agencia Tributaria sigue avanzando. En el 2019 se incorporará a esta obligación unas 2,000 empresas canarias.

Están obligadas a aplicar el SII las empresas que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  •   Volumen de facturación superior a 6 millones de Euros.
  •   Sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual al estar inscritos en el REDEME
  •   Grupos de entidades IGIC.
  •   Empresas que decidan acogerse voluntariamente.

El SII (Suministro Inmediato de Información) que entró en vigor 1 de julio de 2017, obliga a las empresas a remitir la información de las facturas emitida y recibidas a la Agencia Tributaria en un plazo de 4 días

ERP AYDAI incorpora la información de cada factura emitida y recibida que es necesaria remitir a la Agencia Tributaria. Esta información se genera desde el ERP de manera sencilla y totalmente automática, mediante una parametrización inicial.

El Cuadro de mando SII de ERP AYDAI te facilitará tener el control en el momento de las comunicaciones con la Agencia Tributaria.

Gracias al nuevo módulo de comunicaciones, tu ERP AYDAI conectará directamente con la Agencia Tributaria para enviar y recibir la información relativa al SII. No te será necesario ningún intermediario.

Para el 2019 se consideran días inhábiles a efectos del SII todos los sábados, domingos y festivos nacionales.

Los festivos nacionales del 2019 inhábiles para el SII son:

  • 1 de enero
  • 19 de abril
  • 1 de mayo
  • 15 de agosto
  • 12 de octubre
  • 1 de noviembre
  • 6 de diciembre
  • 25 de diciembre

En Valencia a 27 de diciembre de 2018

ERP AYDAI

https://aydai.com/

 

La factura electrónica, Factura-e, FACe y el SII

  • Posted On 5 noviembre, 2018
  • Categorized In General
  • Written By

Desde que en el año 2013 entró en vigor la ley de impulso de la factura electrónica aún siguen existiendo dudas en las empresas sobre su validez. En este artículo intentaremos aclarar los requisitos necesarios y las ventajas de la factura electrónica frente a la factura en papel.

En primer lugar, aclararemos lo que es una factura electrónica. La factura electrónica se define como aquella factura que se genera con medios electrónicos y se entrega mediante transmisión electrónica. Es decir, se genera mediante una aplicación o programa y se hace llegar la cliente mediante una transmisión electrónica como podría ser un email.

En el año 2013 entró en vigor la ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable (Ley 25/2013). El objetivo de esta ley era facilitar e impulsar la utilización de la factura electrónica. Para ello eliminaba ciertas trabas que existían hasta entonces. Desde aquel momento la factura electrónica cuenta con la misma validez legal y fiscal que las tradicionales facturas emitidas en papel.

  • La respuesta a la tradicional pregunta de si tiene validez legal una factura emitida como un archivo del tipo pdf y enviada al cliente por correo electrónico, no ofrece dudas, sí tiene validez.

Este es el caso mas simple de la factura electrónica, por otro lado, habría que abordar los distintos formatos que la factura electrónica puede adoptar, tales como Factura-e, o EDI, o con distintos tipos de firma electrónica, etc.

En ERP AYDAI se contempla tanto el formato simple de la factura en pdf sin firma electrónica, como Factura-e, como EDI, como firmados, etc.

Mas información de ERP AYDAI en:   https://aydai.com/erp/erp-ventas/

La utilización de facturas electrónicas tiene claras ventajas, cabe destacar las siguientes:

o Ahorro de costes: Se eliminan los costes de papel, de impresión, de envío postal y de manipulación. Este ahorro beneficia tanto al emisor como al receptor de la factura.
o Mejora de la gestión: La emisión y envío de la factura se produce de manera automática e inmediata, con lo que se reducen los trabajos a realizar y los tiempos de gestión.
o Ecología: Se reduce el uso de papel y otros materiales que redunda en una mejora del medio ambiente.
o Imagen de empresa: Las empresas que utilizan la facturación electrónica trasmiten una imagen de modernidad e innovación que les hace resaltar sobre la competencia que no la utilizan. Aunque hoy ya habría que decir, que las empresas que todavía no utilizan la factura electrónica dan la imagen de poco modernas.

Factura electrónica y Administraciones Publicas
Desde la entrada en vigor de la ley antes mencionada, la mayoría de facturas que se emiten a las distintas Administraciones Publicas han de ser en formato de factura electrónica. En estos casos las facturas es obligatorio que vayan en formato Factura-e y deben incluir firma electrónica. Desde ERP AYDAI se facilita en gran medida la emisión de este tipo de facturas y la gestión de las mismas. La gran mayoría de estas facturas se tramitan a través del punto general de entrada de facturas electrónicas llamado FACe

Es conveniente aclarar que no se debe confundir la factura electrónica con el uso del SII (Suministro Inmediato de Información) de la agencia tributaria. Con el SII la obligación es de comunicar los datos fiscales de cada factura a la agencia tributaria, no otros datos que figuran en la factura electrónica. La comunicación de los datos a la agencia tributaria se hace con unos formatos que esta estableció y no tienen por qué aparecer en la factura electrónica. ERP AYDAI incluye una herramienta de comunicación con los servidores de la agencia tributaria, para que el cumplimiento de esta normativa se haga de manera totalmente automática, sin prácticamente intervención del usuario de la aplicación.

En definitiva, la factura electrónica ha llegado para quedarse y ya es el presente. Seguramente, en un futuro próximo, habrá cambios en normativa y en los formatos para adaptarse a estándares europeos, y tal vez mundiales. Habrá que estar atentos/as a todos estos cambios que se vislumbran.

Solicítanos información en https://aydai.com/contacto/

En Valencia a 5 de noviembre de 2018
ERP AYDAI VALENCIA

https://aydai.com

BUZON DE SUGERENCIAS

  • Posted On 8 octubre, 2018
  • Categorized In General
  • Written By

Nos gusta escuchar la experiencia de nuestros clientes y así hacer el ERP AYDAI cada día mejor.

 Para nosotros tu opinión es importante, por eso ponemos a tu disposición nuestro “Buzón de sugerencias” que encontraras en el apartado de Utilidades.

 De manera sencilla y sin salir del entorno ERP AYDAI puedes enviarnos textos, imágenes o gráficos explicándonos la mejora que te gustaría que añadiésemos al ERP.

 Te animamos a utilizar esta opción. Nuestro objetivo es la mejora continua de tu ERP AYDAI.

 En Valencia a 8 de octubre de 2018

AYDAI

 

 

Modos de financiación: Factoring.

  • Posted On 4 abril, 2018
  • Categorized In General
  • Written By

Cada día se utiliza más en las empresas el factoring para financiarse.  En el factoring, la empresa cede los derechos de cobro de facturas que ha emitido a otra entidad. La entidad pasa a ser la propietaria de los derechos y adelantará el valor de las facturas a la empresa.

 La gran ventaja es que la empresa cobra a tiempo.  No tiene que estar ocupada en los problemas derivados de la morosidad y del retraso de pago de sus clientes. De esta manera la empresa asegura su liquidez y se elimina el riesgo de insolvencia.

 Además, el factoring, conlleva una serie de beneficios fiscales:

 o   El IVA que nos cobraran por el servicio de factoring es deducible. El anticipo de las facturas no soporta el IVA, solo se aplicará a la gestión de cobro y a las garantías.

 o   El coste del propio servicio de factoring es deducible en el impuesto de sociedades.

 o   No hay que pagar impuesto de actos jurídicos documentados como si que ocurre con otros métodos de financiación.

 Otra de las ventajas del factoring es que solo con la factura que se ha emitido es suficiente para que se acepte la operación.

 Hay un tipo de factoring que se suele llamar “factoring sin recurso” en el que se elimina todo el riesgo de impago, siendo la entidad la que asume el riesgo. Lo habitual es que la entidad retenga un porcentaje de las facturas para el caso de impago.

 En Valencia a 4 de Abril del 2018.

 ERP AYDAI

ERP CONTABILIDAD Y FINANZAS

Declaración anual de operaciones con terceras personas. Modelo 347.

  • Posted On 22 febrero, 2018
  • Categorized In General
  • Written By

Declaración anual de operaciones con terceras personas. Modelo 347.

Se trata de una Declaración de carácter anual y de tipo informativo sobre operaciones con terceras personas, siempre y cuando hayan sido por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural, independientemente de que se hayan realizado en una única operación o varias. Deberán computarse de forma separada las adquisiciones de bienes y servicios de las entregas. Los Sujetos obligados a la presentación son aquellos que tengan la consideración de empresarios y profesionales.

Características.

Las principales características son las siguientes:

  • Tiene carácter obligatorio.
  • Se presenta durante el mes de febrero del ejercicio siguiente a aquel al que hacen referencia las operaciones con terceros que se reflejan. Hasta el 29 de febrero de 2018 hay plazo para presentarlo.
  • Debe desglosarse la información sobre estas operaciones de forma trimestral, debiendo consignarse por separado las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.
  • Hay que incluir los clientes o proveedores en los que el volumen anual de operaciones supere los 3.005,06 euros.
  • El volumen de operaciones trimestral se contabilizará según los criterios de contabilización que se establecen en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Como regla general, para considerar consignar el importe en un trimestre u otro deberá tenerse en cuenta la fecha del devengo del importe.

Sujetos Obligados.

Están obligados a presentar el Modelo 347 quienes desarrollen actividades empresariales o profesionales con terceras personas por importe superior al que ya hemos mencionado y que sean:

  • Personas físicas.
  • Personas jurídicas, independientemente de que sean privadas o públicas.
  • Entidades en atribución de rentas.
  • Asociaciones.
  • Colegios Profesionales.
  • Otras entidades que realicen, entre sus funciones, el cobro, por cuenta de sus socios, asociados o colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de Propiedad Intelectual, de autor o análogos.

 

Exclusión de presentación.

Como es habitual en todos y cada uno de los Modelos, existen excepciones a la obligación de presentación. Son las siguientes:

  • Las empresas que están adheridas al Suministro Inmediato de Información (SII)
  • Quienes realizan en territorio español actividades profesionales o empresariales sin tener la sede de la actividad económica, un establecimiento permanente o su domicilio fiscal o, en el caso de entidades en Régimen de Atribución de Rentas constituidas en el extranjero, sin tener presencia en territorio español.
  • Personas físicas y en entidades en Régimen de Atribución de Rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por las actividades que tributen en dicho Impuesto por el método de Estimación Objetiva y en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los Regímenes Especiales Simplificado o de Agricultura, Ganadería y Pesca o del Recargo de Equivalencia, a excepción de las operaciones que estén excluidas de la aplicación de los mencionados Regímenes, así como aquellas otras por las que emitan facturas.
  • Aquellos Obligados Tributarios que no hayan realizado operaciones que superen la cantidad de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente o de 300,51 euros durante el mismo periodo para cobros en efectivo cuando realicen la función de cobro por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la Propiedad Intelectual, Industrial o de Autor y otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados.
  • Obligados Tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones excluidas al deber de declaración.
  • Obligados tributarios que deban informar sobre las Operaciones incluidas en los Libros Registro del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Operaciones incluidas.

Siempre que cumplan con el requisito de la cuantía, quedarán incluidas en el Modelo 347 las siguientes operaciones:

  • Entregas de bienes, independientemente de que tengan carácter habitual o atípico.
  • Adquisiciones de bienes, independientemente de que tengan carácter habitual o atípico.
  • Prestaciones de servicios, independientemente de que tengan carácter habitual o atípico.
  • Adquisiciones de servicios, independientemente de que tengan carácter habitual o atípico.
  • Subvenciones y ayudas de tipo no reembolsable.
  • Operaciones de carácter inmobiliario.
  • Operaciones relativas a entidades aseguradoras.
  • Anticipos de Clientes y a Proveedores (en el caso de que se realice la operación, se declarará el importe de la misma disminuido en el montante del anticipo), siempre y cuando el anticipo no se haya presentado como una factura ya que, en este caso, se desvirtúa el importe total de la operación. Por ejemplo, si ponemos 1.000 euros un año y 2.800 en el siguiente, no aparecerá en ningún caso en el 347, aunque el monto de la operación supere dicha cifra.

Operaciones excluidas.

Están excluidas de consignar en el Modelo 347 las siguientes operaciones:

  • Entregas de bienes o prestaciones de servicios por las que los obligados tributarios no hayan expedido ni entregado factura o documento análogo.
  • Operaciones realizadas al margen de la actividad empresarial o profesional del Sujeto Pasivo.
  • Entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes o servicios efectuadas a título gratuito que se encuentren exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Arrendamientos de bienes exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido realizados por personas físicas o entidades sin personalidad jurídica al margen de cualquier otra actividad empresarial o profesional.
  • Adquisiciones de efectos timbrados y signos de franqueo postal, a excepción de aquellos que tengan la consideración de objetos de colección.
  • Operaciones realizadas por entidades o establecimientos de carácter social.
  • Importaciones y exportaciones de mercancías.
  • Operaciones realizadas directamente desde o para un establecimiento permanente del Obligado Tributario situado fuera del territorio español, excepto si tiene su sede en España y la persona o entidad con quien se realice la operación actúe desde un establecimiento situado en territorio español.
  • Entregas y adquisiciones de bienes que supongan envíos entre el territorio peninsular o las Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla.

Como regla general, todas aquellas operaciones respecto de las que exista una obligación periódica de suministrar información a la Administración Tributaria estatal, a través de declaraciones específicas a tal efecto.

Plazo de presentación.

El plazo de presentación del Modelo 347 se inicia el día 1 de febrero y finaliza el 29 de febrero de 2018. Durante todo este lapso de tiempo, el Sujeto Obligado podrá presentarlo, cumplimentando la Declaración con los datos del ejercicio anterior.

En el supuesto de que no se presentara, se estaría cometiendo una infracción tributaria tipificada en la normativa fiscal, lo que supondría al infractor una sanción de carácter pecuniario fija por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma.

En Valencia a 1 de febrero de 2018.

ERP AYDAI

 

Planificación de la producción. MRP I y MRP II

  • Posted On 20 noviembre, 2017
  • Categorized In General
  • Written By

En la planificación de la producción hay dos áreas muy importantes a controlar para realizar una gestión eficaz de la fabricación. Por un lado, la planificación de los aprovisionamientos de materiales, por otro lado, la planificación de los recursos disponibles.

Para planificar la producción, en primer lugar, tendremos que plantearnos tres preguntas:

  1. ¿Qué quiero producir?
  2. ¿Cuándo lo quiero producir?
  3. ¿Cuánto quiero producir?

Una vez tengamos las respuestas a estas preguntas, podremos establecer nuestro “Plan de fabricación”, también llamado “Plan maestro de producción” o MPS. En el mismo detallaremos los artículos a producir, la cantidad de los mismos y la fecha de fabricación.

El plan de fabricación puede tener dos magnitudes de tiempo, una a corto plazo y otra a largo plazo. En el corto plazo, el plan se elaborará a partir de la necesidad que surja de los pedidos de nuestros clientes. En el largo plazo vendrá de una previsión de ventas, que se elaborará teniendo en cuenta distintos factores y variables.

En ERP AYDAI los planes de fabricación se pueden elaborar de manera automática o manual. Podemos hacer una selección de los artículos a fabricar en función de los pedidos de cliente, con una selección automática masiva o seleccionando cada pedido. Sobre el plan de fabricación obtenido, podremos realizar cuantas modificaciones queramos. El plan también lo podremos crear teniendo en cuenta otras previsiones de venta.

Una vez elaborado el plan de fabricación, tendremos que estimar los materiales o componentes que necesitaremos para fabricar todo lo incluido en el plan. Esto es lo que se llama lista de materiales o BOM, que vendrá de la explosión de necesidades de los escandallos de los artículos a fabricar. Cada artículo tendrá definido un escandallo donde se relacionará los materiales o componentes que intervienen en su fabricación. Este escandallo podrá tener distintos niveles, en función de las características de nuestra fabricación. Es decir, un componente del articulo final puede tener, a su vez, un escandallo donde se relacionan los componentes necesarios para su fabricación. Y así sucesivamente en distintos niveles, normalmente se suelen llamar padres e hijos, siendo padre el del nivel superior e hijo el del nivel inferior.

Con la lista de materiales habrá que comprobar en los inventarios que materiales tendremos en nuestros almacenes y de cuales será necesario aprovisionarse. A partir de estos datos se generarán una serie de pedidos a proveedores para asegurar la existencia de los materiales o componentes en el momento de la fabricación.

De todo lo mencionado hasta aquí parte el concepto de MRP I o Planificación de Necesidades de Materiales (Material Requirements Planning, MRP), en definitiva, se trata de planificar y gestionar las necesidades de componentes para garantizar la fabricación de nuestros artículos, optimizando al minimizo los inventarios en nuestros almacenes.

En ERP AYDAI todo esto se puede realizar de manera sencilla y eficaz. Además, proporciona facilidades para la gestión de todos los pedidos y solicitudes de oferta a los proveedores mediante las Remesas de aprovisionamiento MRP.

En lo visto hasta ahora, no hemos tenido en cuenta otros recursos necesarios para la fabricación tales como maquinaria, herramientas o mano de obra. Así es como surge el concepto de MRP II, en el que, además, del aprovisionamiento de materiales, se tendrán en cuenta estos otros recursos necesarios para fabricar.

Partiendo del Plan de fabricación, además de planificar nuestros aprovisionamientos, también podremos planificar los trabajos a realizar por nuestras máquinas y la dedicación de nuestros operarios. En primer lugar, consultaremos la capacidad de producción para prever tiempos de máquinas y de operarios. Conociendo estos datos planificaremos nuestras ordenes de fabricación en las que se asignarán máquinas y operarios.

Una de las diferencias fundamentales del MRP II con el MRP I es que ha de ser mucho más dinámico, ya que las disponibilidades de los recursos pueden cambiar con más facilidad y hemos de ser capaces de adaptar la planificación reasignando recursos.

Un sistema de captura de datos en planta nos permitirá hacer un seguimiento en línea de como se está comportando la producción de nuestra planta. Con estas herramientas podremos dar respuestas más rápidas a los cambios que se produzcan.

ERP AYDAI nos proporciona un MRP II que nos permite planificar la producción tanto a nivel de materiales como de máquinas y operarios. Con la captura de datos en planta podemos tener un seguimiento en línea de la producción, dando respuesta adecuada a cualquier cambio.

Además de la planificación y su seguimiento, ERP AYDAI nos permite controlar, en línea, el coste de la fabricación de cada producto y sus posibles desviaciones respecto a lo previsto.

Los beneficios que aporta la implantación de un sistema MRP los resumiríamos en:

o   Disminución de los inventarios, tanto de materias primas como de productos terminados.

o   Incremento en la rapidez de entrega a cliente.

o   Disminución de horas de trabajo extra.

o   Aumento de la eficiencia de los procesos.

o   Aumento de la satisfacción de los clientes.

Valencia a 20 de noviembre de 2017

ERP AYDAI PRODUCCION