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NOVEDADES SII AGENCIA TRIBUTARIA (SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION)

El próximo 1 de Julio de 2018 entra en vigor una nueva versión de la normativa SII. Tras el primer año de funcionamiento del SII, esta nueva versión obliga a todas las empresas afectadas a adaptarse a la nueva normativa.

Los cambios mas significativos que supone esta nueva versión son:

• Nuevo campo identificativo para los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria. Este campo se recoge en todos los Libros registro.
• Se crean dos marcas específicas asociadas a las claves de factura siguientes: La descripción de la clave F1, se modifica para incluir además de a las facturas completas a las facturas simplificadas cualificadas reguladas en los artículos 7.2 y 7.3 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Esta última identificación se realiza tanto en el Libro registro de facturas recibidas como emitidas. La descripción de la clave F2, se modifica para incluir además de a las facturas simplificadas del art 7.1 Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, a las previstas en el artículo 6.1.d) del mismo, en las que una factura completa puede no hacer constar la identificación de destinatario. Esta última identificación solo es posible en el Libro registro de facturas emitidas.
• Nueva clave de medio de cobro / pago en relación con las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial del criterio de caja. La nueva clave se denomina domiciliación bancaria. Esta nueva clave está tanto en el Libro registro de facturas emitidas como recibidas.
• Nueva clave en el Libro registro de facturas recibidas denominada “LC –Liquidación complementaria Aduana IVA a la importación.”
• Se crea una nueva marca para identificar las facturas expedidas por terceros de acuerdo a disposiciones normativas (disposiciones adicional tercera y sexta RD 1619/2012 y Mercado Organizado del Gas). El objetivo es que tengan también el plazo de 8 días para su remisión. Esta marca está solo en el Libro registro de facturas emitidas.
• En las especificaciones técnicas del Libro registro de facturas emitidas se permite desglosar el importe de base exenta correspondiente a cada una de las causas de exención.
• Se crea una marca especial para identificar aquellos registros de facturación respecto de los que el cumplimiento del plazo de envío a los Libros registro (de facturas emitidas, recibidas y de determinadas operaciones intracomunitarias) presente dificultades, ya bien sea porque el sujeto pasivo no podía conocer con certeza el cambio de condición a gran empresa o el cambio de competencia inspectora, o porque la solicitud de alta en el registro de devolución mensual sea posterior al primer día del periodo en que surte efectos esta inscripción.
• Atendiendo a las peticiones de los sujetos pasivos, se crea un nuevo campo de contenido libre denominado “referencia externa”. Se recoge en todos los libros registro.
• En el libro registro de facturas emitidas se permite identificar todas las referencias catastrales de los inmuebles objeto de arrendamientos de local de negocio no sujetos a retención (aunque superen las 15 referencias).
• Se aprueba una nueva disposición adicional segunda en la que se establece que los sujetos pasivos que queden obligados al SII en el curso del ejercicio deben remitir la totalidad de los registros de facturación de las operaciones realizadas desde el inicio de ese mismo ejercicio. En el supuesto de las operaciones realizadas durante este ejercicio, pero con anterioridad a su inclusión en el SII el contenido de los libros será el previsto 63.3. 64.4 y 66.3 para entidades diferentes a las del art 62.6 RIVA. A estos efectos se modifica la denominación clave 16 “primer semestre 2017”: para anotar facturas anteriores a la aplicación del SII por el sujeto pasivo. Esta clave pasa a denominarse “Primer semestre 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII”. El plazo de remisión de la información anterior a la inclusión será desde la fecha de inclusión hasta el final del ejercicio.
• Se procede a recoger una nueva forma de registrar las devoluciones en régimen de viajeros que constituye una simplificación de registro de estas operaciones. La simplificación incluida se basa en informar con un tipo de comunicación diferente (A5 para las altas, o A6 para las modificaciones) de estas devoluciones informando en el campo número de factura del DER, y desglosando con los importes en negativo la base y cuota objeto de devolución, el periodo que se consignará en este registro será aquel en el que se vaya a tener en cuenta la minoración del IVA repercutido. De este modo no será necesario modificar el registro de la factura anterior. Las operaciones informadas con estas claves de comunicación no se computarán a efectos del volumen de operaciones. Este sistema de registro convivirá, y será alternativo, con el actual sistema de registro de estas devoluciones con la clave A4.

Respecto a los cambios técnicos que afectan a la nueva versión son:

• Se modifica el xsd SuministroInformacion.xsd con la versión actual del esquema que es la 1.1
• Se renombran estas etiquetas:
o <PeriodoImpositivo> se renombra a <PeriodoLiquidacion>
o <EmitidaPorTerceros> se renombra a <EmitidaPorTercerosODestinatario>
o <ImporteTransmisionSujetoAIVA> se renombra a
<ImporteTransmisionInmueblesSujetoAIVA>
• Se cambia la denominación de la clave «primer semestre 2017» tanto en el libro registro de facturas expedidas como recibidas, por «primer semestre de 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII»
• En el libro registro de facturas recibidas se crea un nuevo tipo de factura “LC” que se denomina “Aduanas – Liquidación complementaria”.
• Se crea la etiqueta en el libro de facturas expedidas <FacturaSinIdentifDestinatarioAritculo6.1.d> para identificar las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario.
• Se crea la etiqueta en el libro registro de facturas expedidas y recibidas <FacturaSimplificadaArticulos7.2_7.3> para identificar las facturas simplificadas que identifican al destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012
• Se crea la etiqueta en el libro registro de facturas expedidas <FacturacionDispAdicionalTerceraYsextayDelMercadoOrganizadoDelGas > para identificar si la factura ha sido emitida por un tercero de acuerdo a una exigencia normativa (disposición adicional tercera y sexta Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación o normativa del mercado organizado del gas).
• Se incluye una nueva clave en el campo «medio de pago/cobro», será la clave 05 «cobro o pago por domiciliación».
• En el libro de emitidas dentro del bloque <TipoDesglose> se añade la etiqueta <DetalleExenta> para permitir el desglose del importe exento en función de las distintas causas de exención que pasan a ser compatibles.
• Se añade en los libros de emitidas, recibidas, bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias una etiqueta adicional de contenido libre denominada <RefExterna> con el objetivo de que se pueda añadir información interna de la empresa asociada al registro de la factura.
• Se crea el «SuministroInmueblesAdicionales.wsdl» que describe el envío de inmuebles adicionales cuando una factura tenga más de 15 inmuebles, que son los permitidos en el envío XML de facturas emitidas. Se enviará un XML específico con el resto de los inmuebles.
• Se crea la etiqueta <NumRegistroAcuerdoFacturacion> en los libros de bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias Se crea en la respuesta del suministro de información de todos los libros el bloque <RegistroDuplicado>. Este bloque solo se incluirá en la respuesta XML para los registros rechazados por duplicado. De esta manera se puede conocer el estado real del registro dentro del SII.
• Se crea el bloque <EntidadSucedida> en los libros de emitidas, recibidas, bienes de inversión, determinadas operaciones intracomunitarias y suministro de otras operaciones con trascendencia tributaria para identificar los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria.
• Se crea la etiqueta <RegPrevioGGEEoREDEMEoCompetencia > en los libros de emitidas, recibidas y determinadas operaciones intracomunitarias para aquellos registros de facturación con dificultades para enviarse en plazo por no tener constancia del cambio de condición a GGEE, de la inclusión en REDEME o de un cambio en la competencia inspectora
• Se crea la etiqueta <Macrodato> en los libros de emitidas y recibidas para identificar aquellas facturas con importe de la factura superior a un umbral de 100.000 euros
• Se crean los nuevos tipos de comunicación A5 y A6 para el libro de facturas emitidas. A5 para registrar las devoluciones del IVA de viajeros y A6 si estos registros se tienen que modificar.
• Se han modificado los esquemas de consulta en emitidas y recibidas, añadiendo el bloque opcional de búsqueda <FechaCuadre> para poder filtrar las consultas por este campo.
• Se incluyen periodos trimestrales
• Se han creado esquemas para la nueva consulta que permite consultar las facturas informadas por clientes y proveedores

En Valencia a 27 de abril de 2018
ERP AYDAI

 

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