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La factura simplificada

Según reguló el reglamento de Facturación que entro en vigor a principios de 2013, existen una serie de operaciones en las que se permite emitir una factura más simple que la factura ordinaria, esta factura se llama factura simplificada y vino a sustituir a los antiguos tiques.

Estas facturas están orientadas a emitirse para pequeñas operaciones, aunque en determinadas condiciones, que posteriormente explicamos, su importe puede llegar hasta los 3.000 euros.

Estas facturas podrán emitirse cuando su importe no exceda de 400 euros.

También se podrán emitir en operaciones de hasta 3.000 euros que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Ventas al por menor, incluso las realizadas por fabricantes o elaboradores de los productos entregados.
  • Transportes de personas y sus equipajes.
  • Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto.
  • Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
  • Utilización de instalaciones deportivas.
  • Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
  • Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
  • Servicios de peluquería e institutos de belleza.
  • Ventas o servicios en ambulancia.
  • Servicios de tintorería y lavandería.
  • Servicios telefónicos en cabinas telefónicas de uso público
  • Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
  • Utilización de autopistas de peaje
  • Alquiler de películas.

Las facturas simplificadas se caracterizan porque se pueden emitir con menos datos que las facturas ordinarias. Los datos que deben contener obligatoriamente estas facturas son:

Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas dentro de cada serie debe ser correlativa.

Fecha de expedición de la factura. En el caso de que corresponda a un servicio y la fecha de realización de los trabajos sea diferente también deberá figurar esta.

NIF. Número de identificación fiscal del emisor de la factura.

Razón, denominación social o nombre y apellidos del emisor de la factura.

Descripción de los bienes entregados o de los servicios prestados.

Tipo impositivo de IVA aplicado. Opcionalmente se incluirá la expresión «IVA incluido».

El importe total a pagar.

Los datos del destinatario de la factura solo serán obligados cuando este lo solicite para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria

En ERP AYDAI podremos emitir fácilmente facturas simplificadas tanto desde la facturación ordinaria como desde el módulo de terminal punto de venta (TPV)

https://aydai.com/erp/erp-ventas/

En Valencia a 27 de octubre de 2017

 

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